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Vehículos particulares transitan por una de las avenidas de Cartagena.
Vehículos particulares transitan por una de las avenidas de Cartagena.
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Alcaldía de Cartagena

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Alcaldía de Cartagena mantiene el pico y placa para particulares, de 7 a.m. a 8 p.m.

Comerciantes habían pedido que acortara el horario de la restricción.

El pico y placa para vehículos particulares en Cartagena fue ampliado hasta el 31 de diciembre próximo entre las 7 a.m. a 8 p.m., pese a la solicitud de la directora de Fenalco, Mónica Fadul, quien planteó acortar el horario por los efectos negativos sobre la actividad comercial de la ciudad.

Así quedó establecido mediante decreto 0304 de febrero 24 de 2023 que lleva la firma del alcalde William Dau Chamat, en el que se aclara que la excepción de la norma son los días festivos.

La restricción empieza a regir desde el 27 de febrero de 2023 hasta el día 31 de diciembre de 2023.

La primera rotación aplica desde el 27 de febrero al 31 de marzo de 2023 para los siguientes dígitos: Lunes, 1 y 2; martes 3 y 4; miércoles, 5 y 6; jueves, 7 y 8; y viernes, 9 y 0.

Del 3 de abril al 30 de junio de 2023, segunda rotación, aplicará para los vehículos cuyas placas terminan en: Lunes, 3 y 4; martes 5 y 6; miércoles, 7 y 8; jueves, 9 y 0; y viernes, 1 y 2.

Del 4 julio al 29 de septiembre de 2023, es para las placas terminadas en: Lunes, 5 y 6; martes, 7 y 8; miércoles, 9 y 0; jueves, 1 y 2; y viernes, 3 y 4

El último ciclo va del 2 de octubre al 29 de diciembre de 2023, y aplica así: Lunes, 7 y 8; martes, 9 y 0;  miércoles, 1 y 2; jueves, 3 y 4; y viernes, 5 y 6.

La medida aplica en vías como la Transversal 54, desde la intersección con la Diagonal 30 (CAI Ceballos) hasta la glorieta del Pozón sobre la Variante a Cartagena; la Avenida Pedro de Heredia en el tramo comprendido entre la intersección con la avenida Luis Carlos López y la Avenida Rafael Núñez (Sector India Catalina), hasta la intersección con la Transversal 54 (Sector de la Bomba el Amparo), entre otros.

Del pico y placa están exceptuados los vehículos que cuenten con Permiso Especial de Acceso a Zona de Restricción Vehicular vigente, en los términos del Decreto Distrital 0833 del 31 de mayo de 2022, o la norma que lo modifique, complemente, sustituya o adicione, los que están impulsados exclusivamente por motores eléctricos o cero emisiones contaminantes, siempre que conste en la licencia de tránsito del vehículo, los caravanas presidenciales, fúnebres, de emergencia y que presten atención médica personalizada o domiciliaria, entre otros.

Los vehículos que ingresen a la ciudad por las vías nacionales tendrán excepción de aplicación de la medida de pico y placa por un lapso de 3 horas después de expedido el tiquete del peaje; término durante el cual deberán llegar a su destino.

En consecuencia, el conductor deberá presentar a la autoridad que lo requiera, el tiquete del último peaje cancelado, de los peajes de Gambote, Vía de la Cordialidad y Marahuaco.